Registro Mercantil de Madrid

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LEI - Operativa de Presentación

Operativa para la Presentación de Solicitudes y/o Renovaciones LEI en el Registro Mercantil de Madrid.(ANTERIOR AL 12 DE FEBRERO DE 2018)

Para la tramitación de solicitudes de códigos LEI, de portabilidades o de renovaciones, deberá seguirse el siguiente proceso:

  1. 1º Rellenar en la página web https://www.justicia.lei.registradores.org la solicitud de identificador, de portabilidad o de renovación en su caso, con todos los datos requeridos en la misma.
  2. 2º Abonar los honorarios que podrá realizarse:
  • Por transferencia bancaria para lo cual deberá obtener el justificante de ingresos en la página web
  • En efectivo, tarjeta de crédito/débito en el propio Registro.

 Información para renovaciones: se informa de que todas las renovaciones que se tramiten durante el último mes de vigencia del código, se renovará por un año a contar desde la fecha de vencimiento y no desde la fecha de su tramitación, por lo que se recomienda proceder a su renovación en el momento en que reciba la primera notificación de caducidad (con un mes de antelación) para evitar situaciones de caducidad innecesarias o incremento de tasas. A los efectos del cálculo de tasas, se tiene en cuenta la fecha de presentación de la documentación en Registro, no computando la fecha en que se generen las solicitudes o se realicen los pagos.

  1. 3º Presentar la documentación en el Registro Mercantil de Madrid, que podrá realizarse:
  • Presencialmente para lo cual deberá:
  • Imprimir la solicitud obtenida en el Ministerio de Justicia que deberá ser firmada por un representante legal de la entidad (administrador o apoderado con facultades generales de representación ante administraciones), y legitimar su firma ante Notario.
  • Presentar por ventanilla la siguiente documentación:
  • Solicitud de código LEI / Portabilidad / Renovación obtenida en la página web del Ministerio de Justicia https://www.justicia.lei.registradores.org, con la firma debidamente legitimada ante Notario.
  • El siguiente Impreso a efectos de notificaciones, debidamente cumplimentado.
  • Si los honorarios han sido abonados mediante transferencia bancaria:
  • El justificante de ingreso obtenido en esta página web, indicado en el punto 2.
  • El justificante de haber realizado la correspondiente transferencia en cuyas observaciones debe constar el número de referencia del justificante de ingreso obtenido. (ROGAMOS NO REALICEN TRANSFERENCIAS DESDE ENTIDADES EXTRANJERAS CON EL FIN DE EVITAR CARGOS INNECESARIOS DE COMISIONES).

Nota: En el caso de entidades NO inscritas en el Registro Mercantil, debe acompañarse además de la documentación indicada, certificación del Registro donde conste inscrita la entidad, acreditativa de los cargos vigentes.

  • El justificante de ingreso obtenido en esta página web, indicado en el punto 2.
  • Justificante de la transferencia realizada, en cuyas observaciones debe constar el número de referencia del justificante de ingreso obtenido.
  • Solicitud de código LEI / Portabilidad / Renovación obtenida en la página web del Ministerio de Justicia https://www.justicia.lei.registradores.org, debidamente firmada electrónicamente por un representante legal de la entidad (administrador o apoderado con facultades generales de representación ante administraciones). La firma debe ser visible y debe colocarse en el lugar designado a la firma en la solicitud. Para firmar el PDF debe utilizar el propio programa de visualización de PDFs (Adobe Acrobat Reader), utilizando la opción “Firmar con certificado” disponible dentro del submenú “trabajar con certificados” del menú “Rellenar y Firmar”. A estos efectos, se comunica que la firma electrónica puede ser la de la FNMT. Para ver un ejemplo de firma con Adobe Acrobat Reader, pinche aquí

Nota: En el caso de entidades NO inscritas en el Registro Mercantil, debe acompañarse además de la documentación indicada, certificación del Registro donde conste inscrita la entidad, acreditativa de los cargos vigentes.

Una vez presentada la documentación en el Registro, calificada y tramitada, se remitirá por email al presentante de la documentación tanto la factura como el certificado del código LEI.

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